Derecho de Autor

¿Cómo registrar una canción en República Dominicana?

Autores y compositores en República Dominicana: ¿Cómo registrar una canción?

Autores y compositores en República Dominicana: ¿Cómo registrar una canción?Los derechos de autor constituyen un derecho automático al momento de crear una obra. Sin embargo, necesitamos dejar un precedente legal de la creación el cual nos sirve solucionar posibles disputas como plagio, robo de obras. Además que nos habilitar los derechos de autor, como son el cobro de regalías, cesión de derechos, o la protección de la obra.

Es importante comprender que las diferentes formas de registro de una canción, por lo cual es recomendable informarse sobre los diferentes tramites para conocer que es lo que se adecua a nuestras necesidades como compositor/autor. Existen diferentes opciones como el registrar una obra suelta o un conjunto de obras (álbum), registrar una obra inédita o una publicada.

República Dominicana: La propiedad intelectual y derecho de autor, ¿Dónde se registran los derechos de autor? ¿Cómo se registra una canción?

Este articulo es una continuación de: ¿Cómo registrar una canción?

Registrar canciones u obras musicales en República Dominicana

Para registrar una canción se debe concurrir a la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA), Ministerio de Cultura que es el organismo encargado de los derechos de autor y propiedad intelectual.

Esto sirve tanto para las diferentes obras sean cualquier género o estilo músical.
– Registrar letras de canciones (solo el texto)
– Registra canciones (texto y música)
– Registrar música (solo la obra músical).

Esto habilita los derechos de autor sobre la obra, como puede ser la protección de la obra. o su explotación comercial.

Sitio Oficial del Ministerio de Cultura
http://cultura.gob.do/

Gestión de las regalías de los autores y compositores dominicanos

En caso de un uso comercial de la canción, es decir, si la canción va a ser escuchada en público, para el cobro de regalías, sea por el uso, actuación, radiodifusión o sincronización, debes registrar tu canción en La Sociedad General de Autores, Compositores y Editores Dominicanos de Música, Inc. (SGACEDOM), que es el organismo encargado de la recaudación y de velar por los derechos de los autores y compositores.

La Sociedad General de Autores, Compositores y Editores Dominicanos de Música, Inc. (SGACEDOM)
http://www.sgacedom.com

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Para el registro del nombre de tu banda, o tu nombre artistico, es otro trámite: ¿Cómo registrar tu nombre artistico o el nombre de tu banda?


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