Derecho de Autor

¿Cómo registrar una canción en Chile?

Autores y compositores chilenos ¿Cómo registrar una canción en chile?

Autores y compositores chilenos ¿Cómo registrar una canción en chile?Al momento de la creación de la una obra, el autor o compositor es el dueño de la propiedad intelectual porque según el derecho internacional, se considera un derecho automático. Sin embargo, necesitamos dejar un precedente legal de la creación.

Ello sirve para habilitar los derechos de autor, tales como el cobro de regalías, cesión de derechos, o la protección de la obra y para solucionar disputas, como podrian ser plagio o robo de autoria. Para gozar de los derechos de nuestra obra debemos registrarla.

Es importante comprender que existen diferentes formas de registrar una canción, por lo cual es recomendable informarse sobre las opciones disponibles. Por ejemplo, registrar una obra suelta o un conjunto de obras (álbum), registrar una obra inédita o una publicada.

Chile: propiedad intelectual y música ¿Dónde se registran los derechos de autor? ¿Cómo se registra una canción?

Este articulo es una continuación de: ¿Cómo registrar una canción?

¿Dónde registrar tu música, canciones u obras musicales en Chile?

El registro de una obra musical en Chile se realiza en el Registro de Propiedad Intelectual dependiente del Departamento de Derechos Intelectuales del Servicio Nacional del Patrimonio Cultura Para registrar una canción en Chile debes ir a la Departamento de Derechos Intelectuales, de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (dibam), que es el organismo encargado de los derechos de autor y propiedad intelectual. Por supuesto, esto contempla cualquier género o estilo musical.

Esto habilita los derechos de autor sobre la obra, como su explotación comercial y  sirve tanto para:
– Registrar letras de canciones (solo el texto)
– Registra canciones (texto y música)
– Registrar música (solo la obra musical).

Formulario: http://www.scd.cl/formularios/declaracion_de_obra.pdf

Para el registro del nombre de tu banda, o tu nombre artístico, es otro trámite: ¿Cómo registrar tu nombre artistico o el nombre de tu banda?

Sitio Oficial del Departamento de Derechos Intelectuales de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (dibam)
http://www.propiedadintelectual.cl/

¿Cómo registrar tu música o canción?

Para registrar tu canción, el trámite puede hacerse en forma presencial o remota:

  • Desde el lugar de residencia, enviando los antecedentes por correo postal o a través del sitio electrónico del Departamento de Derechos Intelectuales del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural (www.propiedadintelectual.cl)
  • De forma presencial en las oficinas de dicho departamento (Calle Herrera nº 360, Metro Quinta Normal, Santiago) de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 14:00 horas.

¿Qué se necesita para registrar tu obra musical en Chile?

  1. Se debe enviar o entregar un ejemplar completo de la obra (reproducción de la obra original o reproducción digital).
  2. El formato que desee emplear debe tener el título y el nombre completo de la persona autora, a la vista y con letra clara.
  3. Además, deberá adjuntarse el Formulario de Solicitud de Inscripción (por cada obra), que se encuentra disponible en la Sección Formularios de la página Web www.propiedadintelectual.cl o en las oficinas del Departamento de
    Derechos Intelectuales, al momento de realizar el trámite.
  4. Se debe realizar el pago por concepto de inscripción, correspondiente a un porcentaje de una Unidad Tributaria Mensual (UTM), en efectivo o mediante depósito o transferencia electrónica.
  5. En caso de efectuar el trámite en formato físico desde fuera de la ciudad de Santiago, se sugiere mandar una carta señalando el propósito y el detalle del envío, adjuntando copia del comprobante del depósito o transferencia y señalando un número telefónico y un email de contacto para recibir el número de registro de la obra en el Departamento de Derechos Intelectuales.
  6. En caso de que la obra que se desea inscribir contenga obras de dominio privado (fotos, dibujos, música, etc.) se deben adjuntar las autorizaciones correspondientes, extendidas por las personas titulares de los derechos de las obras utilizadas.

¿Cómo cobrar regalías por tu música en chile? Gestión de las regalías de los autores y compositores chilenos

En caso de un uso comercial de la canción, por ejemplo, si la canción va a ser escuchada en público, sea por el uso, actuación, radiodifusión o sincronización, debes registrar tu canción en la Sociedad Chilena de Derecho de Autor (SCD), que es el organismo encargado de la recaudación y de velar por los derechos de los autores y compositores.

Sociedad Chilena de Derecho de Autor (SCD)
http://www.scd.cl

  • La inscripción a la Sociedad de Derechos de Autor no tiene costo.
  • El único requisito es ser una persona autora o intérprete musical.
  • Si no se ha tenido instancias en las cuales generar Derechos de Autor, la persona puede inscribirse en una categoría de postulante, desde donde pasa a afiliada cuando genere derechos por primera vez.

Beneficios de ser Socio de la Sociedad Chilena de Derecho de Autor

Los beneficios dependen de la categoría de la persona asociada, pero en términos generales son:

  • Beneficios relacionados con el fomento de la música nacional: la principal ventaja es la posibilidad de actuar en las Salas de Música, con un costo simbólico.
  • Beneficios sociales: descuentos a partir de los convenios de la SCD con distintas entidades y comercios; apoyo para viajes con el fin de actuar en el extranjero; reembolso de gastos médicos; un aporte mensual permanente a socios mayores a 70 años; bonos de natalidad, de matrimonio, de fallecimiento; acceso a asesoría legal, y otros.

¿Cómo se cobra?

Veamos como funciona el cobro de regalías en chile:

  1. La persona autora/compositora o la productora del espectáculo en Chile deberá completar las planillas de ejecución.
  2. La SCD licencia y cobra los derechos, y luego los liquida a las personas titulares de las obras ejecutadas.
  3. Cobro en Medios de Comunicación SCD licencia a las radios y canales de televisión que pagan mensualmente los derechos.
  4. Además, los usuarios deben informar las obras ejecutadas.
  5. La entidad de gestión chilena utiliza un software de reconocimiento de música para el caso de las radios, y tiene un equipo de personas que completan las planillas faltantes de la televisión. Se distribuye de acuerdo a dicha información.

Volver al articulo principal: ¿Cómo registrar una canción?

2 Comentarios

Click aqui para comentar

  • Hola buenas tengo 2 consultas. La primera el proceso de registro en derechos de autor y no en scd se puede hacer via online??? Y lo segundo es que si al registrar varias canciones estas quedan «atadas» de alguna forma por asi decirlo o se tienen los derechos sobre cada una por separado??? A quien responda gracias

  • Podrian ser màs claros y pràcticos para indicar los pasos a seguir para registrar una canción? Como por ejemplo:
    1. Transcribe tu composiciòn, ya sea en texto o partitura.
    2. Envialo en xx copias a la direccción xxx.
    3. Debes pagar $…. por cada canción a la Cta. Cte, del banco xxx.
    Algo así, en buen castellano, clarito y conciso.


¡No quiero perderme nada!

Destacado: Afinador de GuitarraPentagramas Teoria Musical -notas musicales – Escalas –  VersosSinestesia Palabras que rimen